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Formulario

Se pone en conocimiento de la Comunidad que el FORMULARIO para solicitar el beneficio de la Ley N° 26.913 ya se encuentra a disposición de los interesados en la página web de ANSES o ingresando al portal de http://www.anses.gob.ar. Ir a  Formularios , luego a  Previsional . Al final del listado se encuentra el Formulario PS.6.298:  Solicitud de Beneficio - Ley 26.913 Régimen Pensión Graciable . Hacer click en PS.6.298.pdf

PROCEDIMIENTO

1. Los solicitantes de beneficio deberán descargar el formulario de la página de ANSES o solicitarlo en esas Representaciones.

2. Los solicitantes deberán firmar el formulario, ya completo, ante la presencia del Cónsul quien constatará la identidad del firmante.

3. Deberá anexarse al formulario una copia certificada del DNI o Pasaporte del solicitante, cuando sean argentinos. En caso de solicitantes extranjeros, deberá anexarse una copia certificada de su Documento de Identidad y de la Partida de Nacimiento.

INFORMACIÓN ÚTIL PARA CONFECCIONAR EL FORMULARIO N° PS. 6.298

Punto A: deberá consignar TODOS los datos personales. Asimismo deberá completar tanto el Domicilio real como el domicilio constituido para su notificación, es decir aquel domicilio en el que usted quiera recibir las notificaciones provenientes tanto de la Secretaria de Derechos Humanos  como de la ANSES (puede consignar el mismo domicilio en ambos espacios)

Punto B: solo deberán completar este punto aquellos ex presos políticos que hayan obtenido el  beneficio previsto en las leyes Nº 24.043; Ley N° 25.914 y ampliatoria Ley Nº 26.564 o que  tengan expediente en trámite. Asimismo deberá consignar, SOLO SI LO RECUERDA, el Nº de Expediente y/o Resolución Ministerial.

Puntos C y D: solo deberán completar estos puntos aquellas personas que aún NO hayan peticionado el  beneficio previsto en las Leyes Reparatorias Nacionales. En el punto D usted deberá consignar la mayor cantidad de datos en relación a su detención como así también podrá adjuntar un relato de los hechos lo que ayudará a probar su detención.

Punto E: ESTE PUNTO SE DIVIDE EN 2 PARTES.

Primera parte: usted deberá informar si ya es titular de un beneficio; es decir, si percibe alguna pensión graciable no contributiva, subsidio honorifico, beneficio vitalicio u otra prestación de la misma o de distinta naturaleza.

De ser así debe indicar cuál es y completar el espacio en blanco destinado a tal fin:

SI  _________         NO __________          CUAL _________

SI  _________         NO __________          CUAL _________

SI  _________         NO __________          CUAL _________

                                                                               ............................................................................

                                                                                     Firma y Aclaración del Solicitante

SI UD. ES BENEFICIARIO DE UNA PENSION NO CONTRIBUTIVA PROVINCIAL DE LA MISMA NATURALEZA DE LA PENSIÓN DE LA LEY 26.913:

Si Ud. percibe una pensión provincial no contributiva de la misma naturaleza de la pensión de la Ley Nº 26.913 debe tener en cuenta lo siguiente:

Ejemplo:

SI  ____X_____         NO __________          CUAL:: Subsidio Honorífico de la Provincia de Córdoba

Su expediente va a seguir el curso normal que el resto de los expedientes, pero se le notificará que deberá ejercer la opción y acreditar fehacientemente su renuncia acompañando el original o copia debidamente autenticada del acto administrativo y/o de la constancia emanada de la autoridad que otorgó la prestación nacional, provincial o municipal.

Segunda parte: está conformada por dos párrafos que constituyen su Declaración Jurada. Deberá tachar lo queNO corresponda según lo informado por usted arriba (es decir TACHAR "PERCIBIR" O TACHAR "NO PERCIBIR" SEGÚN CORRRESPONDA)

PARRAFO 1

"Declaro bajo juramento la autenticidad de lo expresado ut supra,PERCIBIR / NO PERCIBIR(tachar lo que no corresponda) otro beneficio pormi condición de privado de libertadpor causas políticas, gremiales o estudiantiles y me comprometo a comunicar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) todo cambio de mi situación".

Aclaración: en este párrafo deberá, de acuerdo a lo informado en la primera parte, especificar si percibe o no una pensiónpor su condición de ex presos político debiendo tachar lo que no corresponda.

Por ejemplo si usted percibe la pensión provincial de la Provincia de Mendoza por su condición de ex preso político. Debe arriba denunciarla y tachar la palabra "no percibir".

PARRAFO 2

Declaro bajo juramento la autenticidad de lo expresado ut supra,PERCIBIR / NO PERCIBIR (tachar lo que no corresponda) otro beneficio o subsidio no contributivo de carácter nacional, provincial o municipalde otro tipo o naturalezay me comprometo a comunicar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) todo cambio de mi situación.

Aclaración: en este párrafo deberá, de acuerdo a lo informado en la primera parte, especificar si percibe algún otro beneficio, subsidio o pensión no contributiva, peropor otra causa que no sea la de ex preso político.

Por ejemplo, una pensión asistencial por vejez. Si es así deberá denunciarla y tachar la palabra "no percibir".

ATENCIÓN: LA JUBILACIÓN ORDINARIA ES DE CARÁCTER CONTRIBUTIVO, POR LO TANTO ES COMPATIBLE CON LA PENSIÓN.

Para más información, clique aquí

SEGUIMIENTO DE TRAMITE

Una vez recibido en ANSES el formulario de solicitud de beneficio, ANSES generará un expediente con un número.

Para consultar el estado del trámite ingrese al siguiente link e ingrese en la solapa donde figura Consulta de Expediente.

El número de expediente de todas las solicitudes de pensión de Ley 26.913 presentadas por la vía consular  está compuesto de los siguientes números:

024 - CUIL - 248 - 000001

Donde dice CUIL debe ingresarse el número de CUIL del solicitante de beneficio.

En caso de no contar con CUIL, ANSES generará un CUIL provisorio. La información de dicho CUIL podrá solicitarse una vez que el expediente ingrese en la Secretaría de Derechos Humanos, llamando al área "Leyes reparatorias, Coordinación Ley 26913".

En la página web de la Secretaría de DDHH figuran los números de teléfono.

BANCOS:

El cobro en el exterior de la pensión no graciable para ex detenidos de Ley N° 26.913, se realizará de la manera habitual en la que se cobran las pensiones y jubilaciones ordinarias.

En tal sentido, los solicitanten de beneficio deberán nombrar como apoderado a un Banco con giro al exterior.

La nómina de Entidades Bancarias habilitadas es la siguiente:
- BANCO DE LA NACION ARGENTINA - Suc. Apoderado Exterior
- BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - Apoderado - Pagos al Exterior
- BANCO PATAGONIA S.A. - Casa Central Apoderado Exterior
- HSBC BANK ARGENTINA S.A. - Suc. Apoderado - Exterior
- BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. - Suc. 099 Comercio Exterior
- BANCO COMAFI S.A. - Casa Central Apoderado Exterior
- PIANO S.A. - Apoderado Exterior

Se destaca que en PUNTO E del formulario de aplicación el beneficiario, por el momento, sólo deberá indicar el banco de elección.

En una etapa posterior, una vez aprobado el beneficio, el  beneficiario deberá informar a ANSES la cuenta bancaria en la que cobrará la pensión.

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Fecha de actualización: 12/04/2016